Desde hoy en España, el uso de la mascarilla es obligatorio. Ya no sirven excusas como «me molesta», «eso no va conmigo», «pues no me da la gana». Desde este jueves 21 de mayo, no llevar mascarilla en la calle o en lugares cerrados públicos nos puede suponer multas que van desde los 100 euros a los 2.000 euros. Esta medida estará vigente durante el estado de alarma.
A las multas por desplazamiento autorizado, que son de 601 euros, se suman desde hoy las sanciones ñor no llevar mascarilla.
La mascarilla es obligatoria «en la vía pública o en cualquier espacio cerrado de uso público» para personas mayores de 6 años. Se exige «siempre que no sea posible mantener una distancia interpersonal de al menos dos metros». Es recomendable para niños entre 3 y 5 años.
Existen muchos tipos de mascarillas, las más recomendables son las de uso quirúrgico si es para poco tiempo, 4 o 6 horas, y las FP2 que son reutilizables.
Excepciones:
– Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
– Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
– Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de mascarilla. En esta excepción se podría incluir, por ejemplo, comer y beber.
– Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.